Cuando la normativa europea contra la deforestación fue víctima de sus propios aplazamientos sucesivos
El 17 de diciembre de 2025, El Parlamento Europeo votó con 405 votos a favor y 242 en contra. lo que, para los observadores atentos de las políticas ecológicas europeas, ya parecía una formalidad: el aplazamiento por segunda vez de Reglamento de la UE sobre la deforestación (EUDR). Los grandes operadores tendrán ahora hasta el 30 de diciembre de 2026 para cumplir con la normativa, mientras que los pequeños disfrutarán de un plazo aún más amplio, hasta el 30 de junio de 2027.
Para aquellos menos familiarizados con la saga EUDR, vale la pena reconstruir esta cronología: adoptada en abril de 2023 con el objetivo de combatir el cambio climático garantizando que los productos comercializados en la UE —madera, cacao, café, soja, aceite de palma, caucho y productos derivados del ganado— no procedan de tierras deforestadas, el reglamento debía entrar en vigor el 30 de diciembre de 2024. En diciembre de 2024, El primer aplazamiento lo trasladó al 30 de diciembre de 2025.. Ahora, al final del año 2025, el calendario se ha vuelto a mover, esta vez al 30 de diciembre de 2026.
Las razones oficiales: técnicas, siempre técnicas.
El motivo esgrimido para este nuevo aplazamiento resulta tan familiar que casi se ha convertido en un ritual: el sistema informático de la Unión Europea no está preparado para gestionar el volumen de declaraciones de diligencia debida necesarias. La comisaria de Medio Ambiente, Jessika Roswall, explicó en septiembre de 2025 que la plataforma centralizada a través de la cual los operadores deben demostrar el origen de los productos “no está preparada para gestionar los volúmenes estimados”.
A primera vista, el argumento no carece de lógica. Pero para quienes han seguido de cerca la evolución de la EUDR, la razón técnica encubre una realidad mucho más compleja. Anke Schulmeister-Oldenhove, de WWF, resumió esta frustración: “Si este problema técnico es real, no solo demuestra incompetencia, sino también falta de voluntad política para invertir en su implementación a tiempo”.”
La paradoja de la preparación: quién invirtió y quién esperó
Lo que hace que este aplazamiento resulte aún más irónico es que se produce justo cuando muchas grandes empresas —las que se tomaron en serio la normativa desde el principio— han realizado inversiones masivas en sistemas de cumplimiento. Estas han advertido de que el aplazamiento creará nuevas incertidumbres para las empresas y penalizará injustamente a aquellas que ya han invertido en sistemas para cumplir con la nueva normativa.
“Muchas empresas han pasado la mayor parte de los años 2024 y 2025 preparándose para la fecha límite de finales de 2025, desarrollando plataformas para la gestión de datos, renegociando contratos con proveedores y cartografiando puntos de origen de alto riesgo”, señalan los analistas de la consultora jurídica Bergeson & Campbell. “Un aplazamiento de última hora corre el riesgo de agotar a los equipos internos que deben seguir apoyando estos esfuerzos sin claridad regulatoria”.”
Es una paradoja que podría parecer cómica si no fuera tan grave: las empresas preparadas exigen que se aplique la ley, mientras que los legisladores siguen posponiéndola. Una coalición de empresas y ONG de los sectores alimentario, del cacao, del café, del aceite de palma, del caucho y de la madera ha argumentado recientemente que “la renovada incertidumbre generaría costes sustanciales irrecuperables” para las empresas que ya han invertido masivamente en sistemas de cumplimiento de la EUDR y “recompensaría a los actores menos preparados”.”
Simplificaciones que cambian las reglas del juego, para bien y para mal
Además del aplazamiento, la revisión del EUDR aporta simplificaciones que, para muchos operadores del sector maderero, suponen un alivio real y necesario:
Micro y pequeños operadores primarios – incluidos los propietarios privados de bosques y las empresas con menos de 50 empleados – solo tendrán que presentar una declaración única simplificada. Para el sector forestal europeo, en el que muchos propietarios poseen pequeñas superficies de bosque, esto supone una considerable reducción de la carga administrativa. En Rumanía, donde la propiedad forestal privada está muy fragmentada, la medida tiene un impacto positivo directo.
Trazabilidad dentro de la UE se simplifica: solo los operadores que comercialicen por primera vez el producto en cuestión en el mercado de la UE serán responsables de presentar las declaraciones completas de diligencia debida. Para las fábricas que transforman madera, esto significa que ya no tendrán que presentar declaraciones para cada etapa de la transformación, una simplificación que se ajusta a la realidad operativa del sector.
Geolocalización: los pequeños y medianos productores pueden sustituir las coordenadas GPS precisas (polígonos) por direcciones postales, siempre que estas correspondan claramente a la ubicación geográfica. Para el propietario de un bosque de 10 hectáreas, la diferencia entre proporcionar las coordenadas GPS de cada parcela y proporcionar una dirección postal es significativa.
Productos impresos – libros, periódicos, imágenes impresas – se excluyen por completo del ámbito de aplicación, reconociendo así el riesgo limitado de deforestación asociado a ellos.
PEFC Rumanía, organización de certificación forestal, resume esta perspectiva más optimista: “Tienes tiempo. Un año más. Tienes reglas más claras. Tienes procedimientos más sencillos. La certificación forestal sigue siendo una de las soluciones más eficaces para el cumplimiento, la trazabilidad y la credibilidad en el mercado”.”
Y, sin embargo, la pregunta persiste: si el sistema podía simplificarse tanto, ¿por qué se ha hecho ahora? Si los microproductores necesitaban un régimen especial, ¿por qué se ha descubierto esto precisamente ahora, en el segundo aplazamiento?
Zonas grises que siguen siendo grises
Para la industria maderera, las simplificaciones resuelven algunos problemas, pero crean nuevas incertidumbres. “En el caso del sector maderero, aún no está claro cómo se tratarán en la cadena de suministro las entidades que procesan la madera adquirida y fabrican con ella productos con códigos NC diferentes”, señala la publicación polaca especializada. drewno.pl. “Según los registros y explicaciones actuales, el cambio del código CN implica un cambio en la función y el ámbito de obligaciones de un determinado lote de productos y transacción”.”
Es precisamente este tipo de ambigüedad la que hace que los operadores que QUIEREN cumplir no sepan cómo hacerlo. ¿Un fabricante de muebles que compra madera (un código NC) y produce sillas (otro código NC) es un “operador primario” o un “operador en fases posteriores”? La respuesta determina toda la estructura de sus obligaciones de cumplimiento.
La Comisión Europea tiene que presentar, antes del 30 de abril de 2026 (ocho meses antes de la fecha límite para los grandes operadores), un informe en el que evalúe el impacto y la carga administrativa. El informe “debería indicar posibles formas de resolver los problemas detectados, entre otras cosas mediante orientaciones técnicas, mejoras del sistema informático y actos delegados o de ejecución”, y “en los casos pertinentes, debería ir acompañado de una propuesta legislativa”.”
En otras palabras, incluso antes de que el reglamento entre en vigor, ya se está preparando el terreno para una posible nueva revisión.
Dos relatos, la misma incertidumbre
Para las ONG medioambientales, esta sucesión de aplazamientos y simplificaciones supone un deterioro inaceptable de una herramienta esencial para la protección de los bosques. Nicole Polsterer, de la ONG Fern, califica la decisión como “una ofensa para todos aquellos que han trabajado duro para implementar sistemas de trazabilidad”. Stientje van Veldhoven, del World Resources Institute, es aún más directa: “Cada minuto perdemos 18 campos de fútbol de bosque. Es profundamente triste ver cómo la UE diluye y pospone su ley contra la deforestación, precisamente en un momento en el que los bosques necesitan normas estrictas y predecibles”.”
Para la industria maderera europea, en particular el sector forestal, que ya opera bajo estrictos regímenes de gestión sostenible, las simplificaciones se acogen con un alivio pragmático, atenuado por la frustración de que hayan sido necesarias dos prórrogas para llegar a unas normas que se ajusten a la realidad operativa. En Alemania y Polonia, las asociaciones forestales han acogido con satisfacción las aclaraciones, subrayando que la certificación forestal (FSC, PEFC) ya ofrece los mecanismos de trazabilidad necesarios.
Ambas perspectivas son legítimas. Ambas reflejan una realidad frustrante: una normativa diseñada para transformar el mercado mundial de la madera ha acabado siendo percibida como demasiado débil (por los ecologistas) o demasiado complicada e incoherente (por la industria).
El desgaste de una visión
FAO estima que entre 1990 y 2020 se perdieron 420 millones de hectáreas de bosque —una superficie mayor que la de la UE— debido a la deforestación, y que el consumo de la UE es responsable de aproximadamente el 10% de la deforestación mundial. La evaluación de impacto inicial estimaba que, una vez aplicado, el EUDR reduciría la deforestación provocada por el consumo de la UE en 291 TP3T para 2030, salvaría al menos 72 000 hectáreas de bosque cada año y evitaría un mínimo de 32 millones de toneladas métricas de emisiones de CO₂ al año.
Estos siguen siendo objetivos vitales. Pero entre la visión de 2023 y la realidad de 2025, se ha instalado una zona gris en la que los aplazamientos se convierten en la norma, las simplificaciones se negocian cada año y las expectativas, tanto de quienes desean una protección más estricta como de quienes exigen claridad operativa, se moderan.
Cuando Christine Schneider (PPE, DE), ponente del Parlamento, afirma que “el núcleo del reglamento de la UE sobre la deforestación permanece intacto”, las reacciones son polarizadas: los ecologistas ven una excusa para diluirlo, mientras que la industria ve una garantía de que sus esfuerzos por cumplirlo no serán en vano. Ambas audiencias escuchan con el escepticismo de quien ya ha oído promesas similares.
2026: ¿Línea de meta o punto de partida?
Entonces, ¿qué supondrá el aplazamiento hasta 2026? Para los operadores del sector maderero que ya han estructurado sus sistemas de cumplimiento, en particular los certificados por el FSC o el PEFC, el tiempo adicional les brinda la oportunidad de probar y perfeccionar los procedimientos en condiciones menos apremiantes. Para los pequeños propietarios forestales, las simplificaciones pueden marcar la diferencia entre abandonar la explotación y continuar en un marco legal claro.
Pero si la trayectoria de los últimos años nos enseña algo, es que nadie confía en que la fecha del 30 de diciembre de 2026 sea definitiva. El informe de abril de 2026 identificará, casi con toda seguridad, nuevos “problemas” y recomendará nuevos “ajustes”. Y cuando 2026 traiga, tal vez, una nueva ronda de “preocupaciones técnicas” y “simplificaciones necesarias”, las reacciones volverán a ser polarizadas, pero predecibles.
En teoría, el EUDR sigue siendo una legislación esencial. Los bosques del mundo siguen desapareciendo. Los sistemas informáticos se perfeccionarán, con el tiempo. Esperamos que las simplificaciones hagan que el reglamento sea más operativo. Pero lo que se ha erosionado irremediablemente es algo más intangible: la convicción de que la UE puede legislar con visión de futuro y ejecutar con coherencia un proyecto que cambie, de hecho, el paradigma del consumo mundial de madera.
En 2023, el EUDR parecía un proyecto visionario. En 2025, tras dos aplazamientos y múltiples simplificaciones, parece más bien un documento en constante revisión, prisionero de sus propias ambiciones poco claras y de una ejecución inconsistente.
La industria maderera, que debía verse transformada por este reglamento, se encuentra en una situación ambigua: dispuesta a cumplir unas normas que siguen cambiando, provista de certificaciones y sistemas de trazabilidad, a la espera de claridad en un panorama legislativo que, paradójicamente, se vuelve más confuso con cada “simplificación”.
Nota: El texto del reglamento revisado debe ser aprobado formalmente por el Consejo y publicado en el Diario Oficial de la UE antes de que finalice 2025 para que las modificaciones entren en vigor. El EUTR (Reglamento de la UE sobre la madera) seguirá vigente hasta el 30 de diciembre de 2026, con disposiciones especiales para la madera producida antes del 29 de junio de 2023.




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